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COMPLIANCE

El entorno legislativo en el que la empresa desarrolla sus actividades es cada vez más abundante y complejo. El nivel de beligerancia de las autoridades y organismos regulatorios es cada vez mayor y el impacto de la regulación es más intenso que nunca.

 

Si bien el concepto del compliance no es algo nuevo, la rápida y reciente evolución de la legislación internacional, combinada con el endurecimiento de las sanciones así como la relevancia que la propia legislación otorga hacia la toma de acciones preventivas de cumplimiento por parte de las organizaciones, ha hecho que el compliance sea en la actualidad uno de las cuestiones más novedosas e incipientes a incorporar en las estrategias de gestión y visión de cualquier organización.

COMPLIANCE FISCAL

No cabe cuestionar es que el compliance ha venido para quedarse y el compliance tributario, con sus particularidades, forma parte de aquel. Si bien es cierto que, salvo en el caso de las normas contenidas en la Ley de Sociedades de Capital relacionadas con el gobierno corporativo fiscal, que son de obligado cumplimiento para empresas cotizadas, los precedentes existentes tanto en el ámbito internacional, como en el nacional (el Código de Buenas Prácticas Tributarias) no dejan de ser recomendaciones o pautas de conducta o esquemas de adhesión voluntaria, la tendencia a la implantación y uso de mecanismos para la gestión y control de los riesgos de naturaleza tributaria y de cumplimiento cooperativo en materia tributaria es un hecho que afecta a personas jurídicas de toda condición y que, sin ninguna duda, seguirá evolucionando. Por tanto, las empresas españolas, progresivamente, deben incorporar el compliance tributario a sus prácticas internas, como una parte esencial del sistema general de buen gobierno, la transparencia y el cumplimiento normativo.

La detección, gestión y control del riesgo tributario, en sus distintas manifestaciones, constituye una de las principales preocupaciones de las compañías, independientemente de su volumen de facturación, de su tamaño o del sector al que pertenezcan. En el actual contexto en materia impositiva cobra cada vez más relevancia el riesgo inherente al incumplimiento de las normas y obligaciones tributarias. En este sentido, el compliance fiscal es una herramienta de indudable valor de cara a evitar o minorar potenciales sanciones por incumplimientos, tanto administrativas como penales.

PREVENCION DEL BLANQUEO DE CAPITALES

Con el blanqueo de capitales se intenta dar apariencia legal a unos fondos obtenidos ilícitamente. Las medidas de prevención del blanqueo de capitales son todas aquellas tendentes a evitar todos aquellos mecanismos utilizados por los delincuentes para disimular el origen ilícito de su patrimonio, colocándolo en el circuito legal del dinero.

Las empresas e instituciones afectadas por la normativa de prevención de blanqueo de capitales deben contar con procedimientos y órganos adecuados de control interno y de comunicación para conocer, prevenir e impedir la realización de operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales. Adicionalmente, otras medidas para la prevención del blanqueo de capitales pasan por la organización, por parte de los sujetos obligados, de planes de formación y cursos especiales de formación para que el personal a su servicio tenga conocimiento de las exigencias derivadas de la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales y, en particular, para que aquellos puestos de trabajo que, por sus características, sean idóneos para detectar los hechos u operaciones que puedan estar relacionados con el blanqueo de capitales, capaciten a estos empleados para efectuar dicha detección y para conocer la manera de proceder en tales casos.

 

La lista de sujetos obligados a los que se aplica la legislación de prevención de blanqueo de capitales es larga y las sanciones que se pueden imponer a las empresas y a sus directivos son muy elevadas.

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