El “factor sorpresa” no justifica ‘per se’ que el fisco registre un domicilio
- Caamaño Asesores
- 24 abr 2020
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El Tribunal Supremo dictamina que Hacienda no puede entrar en la sede de un negocio si no es estrictamente necesario y que no basta el temor injustificado a que destruya pruebas.
