El exceso de deudas no exime a las empresas del pago de las cotizacionesCaamaño Asesores24 abr 20201 Min. de lectura La 'fuerza mayor' sólo existe en caso imprevisible y extraordinario.https://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/10201031/11/19/El-exceso-de-deudas-no-exime-a-las-empresas-del-pago-de-las-cotizaciones-.html